CAPÍTULO XII SOCIOLOGÍA DEL DERECHO

 

SOCIOLOGÍA DEL DERECHO



El derecho parte de ser un conjunto de significaciones normativas; es también desde otro punto de vista un conjunto de fenómenos que se dan en la realidad de la vida social en efecto el derecho en su producción en su desenvolvimiento en su cumplimiento espontáneo en las transgresiones que sufre en su aplicación forzada en sus proyecciones prácticas se muestra como un conjunto de hechos sociales.

Cabe asignar dos series de temas a la sociología del derecho, el estudio de cómo el derecho en tanto que hecho representa el producto de procesos sociales y el examen de los efectos que el derecho ya producido causa la sociedad.

Tipos de necesidades que el derecho trata de satisfacer

·       Resolución de los conflictos de intereses: cada individuo tiene una muñequita de deseos que alguien la satisfacer los intereses de cada cual frecuenten también decae en competencia o incluso en conflicto con los deseos de sus lógicos hay competencia y conflicto entre los intereses de los varios seres humanos en este sentido se entiende por interés la demanda o deseo que los seres humanos tratan de satisfacer.

·       En un principio no hay más que dos procedimientos para salvar los conflictos de interés también la fuerza tribu de quién sea más fuerte porno vigor muscular o por las armas que tenga masculla o bien por una regulación objetiva.

Las normas jurídicas positivas representan precisamente la adopción del segundo tipo de procedimiento para resolver los conflictos de intereses o mejor dicho el camino de una regulación objetiva, para poder zanjar los conflictos de intereses entre los individuos o entre los grupos el derecho positivo obra de la siguiente manera:

·       clasifica los intereses compuestos en dos categorías, intereses que merecen protección e intereses que no merecen protección.

·       Establece una especie de tabla jerárquica en la que determinan cuáles intereses deben tener prioridad o preferencia sobre otros intereses.

·       Define los límites dentro de los cuales esos intereses deben ser reconocidos y protegidos.

·       Establece y estructura una serie de órganos o funcionarios para declarar las normas que sirvan como criterio para resolver los conflictos de intereses poder legislativo, desenvolver y ejecutar las normas del poder ejecutivo, y dictar normas individualizadas sentencias o resoluciones en las que se apliquen las reglas generales el poder judicial o jurisdiccional.

La tarea del orden jurídico consiste en reconocer delimitar y proteger eficazmente los intereses se reconoce. El derecho trata de resolver o zanjar los conflictos de intereses no de un modo teórico, sino de una manera eficaz, es decir, de tal manera que la solución que él él da a tales conflictos sea cumplida necesariamente forzosamente es decir el derecho impone sus soluciones sus pautas sus normas de un modo inexorable eh sin admitir posibilidad de rebeldía.

Organización del poder político

El derecho precisamente organiza la serie competentes que hablan de actuar en uno de sus aspectos el estado consiste en una diferencia entre gobernantes y gobernados entre los que ejercen la autoridad política y los que están obligados y forzados a obedecerla. En cierto aspecto el estado consiste en la obediencia habitual que recibe por parte de sus súbditos.

Legitimación del poder político

el derecho no sólo organiza el poder político también lo legitima a a este respecto observa Francisco Ayala que en el derecho puro acto técnico de la dominación del hombre por el hombre queda con estado ingresado en la escuela de los valores espirituales el derecho legitima al poder político en cuanto a la actuación según medios de justicia.

Limitación del poder político

la limitación del poder trae como resultado el reconocimiento y la protección de la libertad tanto de los individuos como de los grupos sociales la libertad jurídica consiste precisamente en la ausencia de la coacción que imponga un determinado tipo de conducta.

Los principales tipos de intereses que demandan protección jurídica

la variadísima multitud de intereses que demandan protección jurídica podría reducirse a dos tipos principales: intereses de libertad y estar libre de interferencias de obstáculos de ataque de peligros en una serie de aspectos de la vida material y espiritual individual y social, e intereses de cooperación obtener la ayuda o asistencia de otras personas individuales o colectivas privadas o públicas para la realización de varios fines humanos.

El deseo de certeza y de seguridad como motivación del derecho positivo y la necesidad de cambio

mediante el derecho positivo los hombres tratan de asegurar la realización de los valores cuyo cumplimiento consideran indispensable en la vida social.

 Referencias Bibliográficas

Material PDF proporcionado por la maestra

La sociología del derecho. (2023). Recuperado de. https://vlex.es/vid/sociologia-derecho-713838893


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